Activistas se manifiestan por la legalización del aborto frente al Congreso Nacional en Buenos Aires, Argentina, el 19 de febrero de 2020. REUTERS / Agustin Marcarian
Activistas se manifiestan por la legalización del aborto frente al Congreso Nacional en Buenos Aires, Argentina, el 19 de febrero de 2020. REUTERS / Agustin Marcarian

En Colombia, el aborto es legal por tres motivos que fueron determinados por la Corte Constitucional en 2006: cuando exista riesgo para la vida o la salud física y mental de la mujer, cuando exista una malformación del feto y cuando el embarazo sea producto de violación o incesto.

Sin embargo, la Defensoría del Pueblo y el movimiento Causa Justa, organización que busca que las mujeres puedan tomar decisiones autónomas de manera libre e informada sobre su embarazo, denunciaron que, a pesar de que existen tres fundamentos legales para el aborto, Las EPS no atienden a las mujeres que necesitan el procedimiento y, por el contrario, les dificulta el acceso a estos servicios.

En días pasados ​​se conoció que la Superintendencia Nacional de Salud ha sancionado a diferentes EPS e IPS por negar el servicio de interrupción del embarazo a mujeres que cumplen con las causas. Hasta el momento se han impuesto sanciones con multas por un total de 629 millones de pesos.

La máxima sanción se interpuso el 16 de septiembre a Compensar por 298 millones de pesos, por incumplir las instrucciones de la Supersalud. en el que pidió un informe sobre las mujeres que han acudido a la EPS solicitando la interrupción del embarazo. En febrero de 2018 se conoció la demanda de una mujer a la que esta misma entidad le negó el servicio del IVE, además de otros trámites no incluidos en el POS, denuncia que provocó que la EPS fuera multada con 234 millones de pesos.

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A Compensar le sigue el EPS Western Health Service, quien recibió una multa de 64 millones de pesos, por no atender una solicitud de interrupción del embarazo. Asimismo, porque no refutó con argumentos válidos a favor de la Superintendencia, por qué no se realizó el procedimiento a la mujer.

Por otro lado, el hospital regional del Magdalena Medio recibió una multa de 32 millones de pesos por denegar un procedimiento de aborto a una mujer víctima del conflicto armado que había sido violada.

Y el IPS no se queda atrás, según la información reportada por la Superintendencia de Salud, cuatro de las nueve IPS que fueron auditadas sobre los protocolos de atención a mujeres víctimas de violencia sexual, no cumplieron con las medidas necesarias. Estos fueron: el hospital San Francisco de Asís de Quibdó, el hospital San Rafael en Ebéjico (Antioquia), el hospital San Joaquín (Nariño) y el hospital Nuestra Señora de las Mercedes de Corozal, en Sincelejo (Sucre).. Al parecer, ni siquiera utilizaron anticonceptivos de emergencia en caso de riesgo de embarazo y no informaron a las víctimas sobre ayudas psicológicas después del trauma.

En lo que va de 2020, la Superintendencia informó que han recibido 57 denuncias de mujeres a las que se les negó el servicio de interrupción voluntaria del embarazo. Según la institución, el 100% de las denuncias fueron procesadas y resueltas. Sin embargo, el tiempo de respuesta no fue óptimo ya que varios de los EPS tardaron hasta 66 días en resolverse, lo cual es perjudicial para las mujeres.

En noviembre de 2020 se confirmó que el Gobierno Nacional no apoyará la demanda del movimiento Causa Justa. La petición enviada por el grupo pide la despenalización total del aborto en Colombia. Sin embargo, el Ministerio de Justicia respondió que no hay razón para dar un paso más por la vía judicial ya que la competencia para despenalizar el aborto recae en el Congreso.

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