WLG requiere que las empresas miembro de todo el mundo proporcionen información sobre los derechos de los empleadores y empleados al solicitar la vacuna COVID-19 para reanudar el trabajo. Desde su primer lanzamiento en enero, la respuesta a México se ha actualizado con una nueva pregunta. (Ver respuestas de otros países / regiones Aquí)

¿Pueden los empleadores solicitar la vacunación obligatoria? Si es así, ¿debe el empleador considerar alguna excepción o circunstancia especial?

A menos que la autoridad de salud correspondiente (por ejemplo, el Ministerio de Salud o la Comisión Nacional de Salud) emita una orden que indique que todos los ciudadanos están obligados a vacunar o que los empleadores tienen la capacidad de realizar campañas similares entre sus empleados, los empleadores no podrán exigir la vacunación obligatoria COVID-19.

Hasta el momento, México no ha emitido ningún reglamento que prescriba campañas obligatorias de vacunación COVID-19, por el contrario, el presidente es muy elocuente en el sentido de que la vacunación es voluntaria, por lo que nadie puede ser vacunación obligatoria.

¿Pueden los empleados negarse a vacunarse? ¿Cómo equilibran los empleadores la obligación de proporcionar un entorno de trabajo seguro y los derechos de los empleados?

Sí, los empleados pueden rechazar las vacunas.

Los empleadores deben continuar implementando los protocolos de salud y COVID-19 necesarios para brindar un ambiente de trabajo seguro sin considerar campañas de vacunación.

Si son rechazados, ¿pueden ser despedidos por negarse a cumplir con la política de vacunación del empleador? ¿Constituye la negativa del empleado una razón válida para el despido?

No, los empleados no pueden ser despedidos por negarse a cumplir con la política de vacunación del empleador, porque dicha política violaría sus propios derechos y la libertad de elegir cuidar su propia salud.

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En México, el despido por cualquier motivo deberá cumplir con alguno de los motivos establecidos al efecto en la Ley Federal del Trabajo. En cuanto a la vacuna COVID-19, se puede decir que el empleado se niega a tomar medidas de seguridad para no poner en peligro la seguridad de las personas en el lugar de trabajo. Sin embargo, dada la naturaleza de la situación específica, parece poco probable que el trabajo El tribunal considerará que esta situación es suficiente. Separación razonable del empleo; Además, proporcionar pruebas objetivas adecuadas para probar el llamado motivo de despido puede ser muy difícil. Por supuesto, la evaluación debe basarse en las circunstancias específicas del incidente.

¿Qué beneficios o adaptaciones debe proporcionar el empleador a los empleados vacunados?

Los empleadores pueden optar por ofrecer bonificaciones o recompensas a los empleados que reciben la vacuna, pero no están obligados a hacerlo.

Además, no existe ningún requisito legal para proporcionar beneficios o hacer arreglos para los empleados que reciben la vacuna.

¿Puede un empleado vacunado negarse a trabajar en la misma área que un empleado no vacunado?

No. Siempre que las autoridades sanitarias permitan dicho trabajo in situ, los empleados deben realizar actividades en el lugar de trabajo, independientemente de si hay compañeros que hayan recibido la vacuna. En cualquier caso, los empleadores deben cumplir con las regulaciones de salud y seguridad apropiadas, independientemente de si alguno o muchos empleados han sido vacunados.

De acuerdo con la “Ley Federal del Trabajo”, si un empleado se niega a trabajar o no obedece al empleador o su representante, pero la premisa está relacionada con el trabajo del contrato, el comportamiento puede considerarse como una razón legítima para el despido y deberá no será responsable ante el empleador.

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En su país / región, ¿un empleador debe proporcionar a los empleados una licencia remunerada para la vacunación?

La Ley Federal del Trabajo no requiere ni estipula licencia retribuida para tales situaciones; sin embargo, las dos partes pueden llegar a un acuerdo, de lo contrario, el empleado puede informar al empleador de cualquier reacción que le impida trabajar. En este caso, el empleado puede La Agencia Mexicana del Seguro Social recibió discapacidad médica.

*Santamarina y Steta